Si durante la detención (por el motivo que sea) la
Policía comete cualquier irregularidad o no respeta tus
derechos, podes DENUNCIAR personalmente si sos mayor de
edad o por intermedio de tus padres o tutores si sos
menor.
La legislación nacional estipula que los funcionarios
policiales que violen las disposiciones legales o
reglamentarias, que omitan o retarden la ejecución de
los actos o los que están obligados o lo cumplan
negligentemente, serán sancionados con apercibimiento,
multa, arresto, suspensión o cesantía.
La DENUNCIA se puede hacer ante:
- El JUEZ que deberá mandarla inmediatamente al FISCAL
- EL FISCAL que deberá informar inmediatamente sobre la
existencia de la misma al JUEZ
- LA POLICÍA que deberá comunicarla inmediatamente al
Juez y al Fiscal
Podrá hacerse por ESCRITO (firmándola ante quién la
reciba) o VERBALMENTE, personalmente, por representante
o por mandatario con poder. Si el denunciante lo
solicita, se le deberá dar una copia de su denuncia o
certificación de haberse dejado sentada la misma.
La denuncia contendrá, en lo posible, la relación del
hecho, con las circunstancias de lugar, tiempo y modo de
ejecución, indicando quienes participaron, los
damnificados y testigos y otro tipo de elementos que
puedan ayudar a su comprobación y calificación legal.
Las denuncias se presentan en:
- Capital Federal: Cámara de Apelaciones en lo Criminal
y Correccional, Viamonte 1153 – PB, de 7:30 a 13:30hs
- Provincia de Buenos Aires: En la Fiscalía de turno
denominada UFI (Unidad Funcional de Instrucción) del
Departamento Judicial correspondiente.
Es necesario que lleves tu documento, la fecha del hecho
y comisaría interviniente. |