Norberto de la Riestra
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por una Ciudad Autónoma
Honorable Concejo Deliberante
25 de Mayo - Bs. As. Argentina
CONSTITUCIÓN DE
LA NACIÓN
ARGENTINA
CONSTRUIR SEGURIDAD
CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN ARGENTINA
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Chacarero Cantor
Taller de Reciclado
LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES
CAPITULO II
SOCIEDADES
ARTICULO 54°: Corresponde al Concejo autorizar la venta y la compra de bienes de la Municipalidad.
1 TRANSMISIÓN Y GRAVÁMENES
"No te niegues a hacer el bien a quien es debido, cuando tuvieras poder para hacerlo"
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